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Asociado CCIA | martes 13 de mayo del 2025
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El Búho | martes 13 de mayo del 2025
Sociedad Eléctrica del Sur Oeste – Seal dio a conocer los cortes de luz en Arequipa que realizarán este martes 13&n[...]
Andina | martes 13 de mayo del 2025
La ciudad de Arequipa será sede del Primer Encuentro Nacional de Gerentes Ambientales Regionales, que organiza el Ministerio del Ambiente (Minam), en coo[...]
Andina | martes 13 de mayo del 2025
El ministro de la Producción, Sergio González, señaló hoy que el sector industrial peruano crecería 4.7% en el presente a&nti[...]
Andina | martes 13 de mayo del 2025
Una nueva variedad de frejol canario camanejo es investigado por especialistas de la Estación Experimental Agraria Santa Rita del INIA (Instituto Naciona[...]
El Pueblo | martes 13 de mayo del 2025
Se emitió una alerta naranja por una ola de calor que afectará a gran parte de la región Arequipa desde el lunes 12 hasta el jueves 15 de m[...]
Andina | martes 13 de mayo del 2025
El boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano difunde una serie de dispositivos de interés público y de impacto para la marcha de[...]
Andina | martes 13 de mayo del 2025
El presidente de China, Xi Jinping, inauguró hoy la IV Reunión Ministerial del Foro China-Celac, donde destacó la profundización de [...]
EFE | martes 13 de mayo del 2025
El Índice de Precios al Consumo (IPC) de Estados Unidos se moderó en abril hasta el 2,3 % interanual, lo que representa un descenso de una d&eacut[...]
AFP | martes 13 de mayo del 2025
Las negociaciones comerciales entre Estados Unidos y China previstas este fin de semana en Ginebra son “un paso positivo y constructivo hacia la[...]
LEY N.º 32331
2025-05-13
La presente ley tiene como objetivo reforzar la protección del derecho a la indemnidad sexual de los niños y adolescentes, salvaguardando su integridad física y psicológica frente a estímulos o exposiciones que puedan interferir en su desarrollo sexual hasta alcanzar la madurez. Esta protección se extiende a todos los ámbitos en los que interactúan, como entornos familiares, educativos, digitales y públicos. El Estado asume la responsabilidad de implementar medidas de prevención, sanción y reparación ante cualquier vulneración, obligando a sus entidades a establecer procedimientos y protocolos interinstitucionales. Además, se prohíbe la sexualización de menores en medios de comunicación y publicidad, exigiendo a las empresas de estos sectores adoptar políticas de autorregulación y mecanismos de denuncia supervisados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. También se regulan los servicios sanitarios en espacios públicos, restringiendo el acceso a personas cuyo sexo biológico no coincida con el del baño, salvo excepciones claramente establecidas. Finalmente, se modifica el artículo 183 del Código Penal para agravar las penas cuando se incurre en exhibiciones obscenas ante menores, especialmente si el acto es cometido por personas con deber de custodia o funcionarios del sector público o educativo.
DECRETO SUPREMO N.º 008-2025-JUS
2025-05-13
El presente Decreto Supremo incorpora como nuevos sujetos obligados a informar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) a dos tipos de entidades que no estaban bajo supervisión financiera tradicional: i) las Sociedades Gestoras de Fondos de Inversión de Oferta Privada que no están supervisadas por la SMV, y ii) las Empresas de Factoring no comprendidas en el ámbito de la Ley N.º 26702. Estas entidades, a pesar de no estar bajo supervisión directa de la SBS o la SMV, deberán implementar sistemas de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo (LA/FT), siguiendo estándares internacionales. La finalidad de la norma es fortalecer el control frente al uso indebido de estas entidades por organizaciones criminales, exigiendo que se implementen medidas preventivas efectivas que eviten su utilización para fines ilícitos. Además, se busca armonizar la regulación peruana con las recomendaciones del GAFI, al considerar a estas entidades dentro del concepto de instituciones financieras por las actividades que realizan.
LEY Nº 32332
2025-05-13
Se establece la creación e implementación de la plataforma digital “Denuncia Digital”, que permitirá a los ciudadanos registrar denuncias por delitos contra el patrimonio sin necesidad de acudir presencialmente a una comisaría. Esta plataforma será gestionada por la Policía Nacional del Perú y contará con mecanismos de validación de identidad a través del sistema ID Perú, utilizando tecnologías como la verificación biométrica facial. La interoperabilidad entre entidades como RENIEC, Migraciones y el Ministerio Público será fundamental para validar identidades y compartir información. Además, se establece un sistema de valoración de riesgo para priorizar la atención de las denuncias y se exige confidencialidad en el tratamiento de la información. También se contempla la participación de los Comités de Seguridad Ciudadana para promover su uso a nivel local.Finalmente, se otorgan plazos de hasta 180 días para que la PNP implemente y ponga en marcha la plataforma, y se modifica el artículo 328 del Nuevo Código Procesal Penal para incorporar esta modalidad de denuncia digital como equivalente a las denuncias escritas y verbales.